Reforma del Infonavit

El 21 de febrero de 2025, se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) una reforma al Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT) en materia de vivienda con orientación social.

Sus principales objetivos son:

1. Construcción de vivienda por parte de INFONAVIT o su empresa filial para la adquisición de los trabajadores o arrendamiento social.

2. Fomentar ofertas de vivienda destinadas al arrendamiento social con opción a compra.

Se introduce una figura, la de arrendamiento social con opción a compra, permitiendo a los trabajadores rentar una vivienda sin que el pago exceda el 30 por ciento de su salario. Esto con la posibilidad de adquirirla posteriormente.

Con esta reforma se observa un esquema que los trabajadores consideraban importante y ahora está suspendido, la subcuenta de vivienda. En el pasado, los empleados podían utilizar estos fondos para la construcción, remodelación o mejora de sus viviendas, muchas veces a través de créditos administrados por constructoras registradas ante el Infonavit. Las reformas establecen que las operaciones que se realizaron bajo este modelo podrían ser objeto de bonificaciones o ajustes, aunque no se han especificado cómo se llevarán a cabo estos procesos.

Otro cambio significativo es la manera en que los patrones deben gestionar los pagos de los créditos hipotecarios de sus trabajadores.

 

 

Este cambio ha generado preocupación en el sector empresarial, ya que implica una mayor carga financiera para los patrones, quienes ahora deben absorber estos pagos sin claridad sobre posibles mecanismos de compensación.

El desconocimiento de estas nuevas disposiciones ha generado incertidumbre y preocupación, lo que podría llevar a sanciones y conflictos laborales, por lo que expertos recomiendan que las empresas refuercen sus áreas fiscales y legales para evitar problemas a futuro.

Los trabajadores necesitan claridad sobre los nuevos mecanismos de acceso a la vivienda y las implicaciones de su relación laboral en el pago de sus créditos y los patrones deben prepararse para enfrentar una mayor responsabilidad financiera en caso de ausencias laborales.

Es fundamental que tanto empresas como trabajadores se informen y asesoren con expertos en materia fiscal y legal para comprender a fondo las nuevas disposiciones, y en su caso, evaluar la alternativa de promover Juicio de Amparo Indirecto en contra de dichas reformas.

El presente Decreto entró en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.

Para conocer el Decreto haz clic:

https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5749909&fecha=21/02/2025#gsc.tab=0

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