En tiempos de COVID y ante la nueva realidad que estamos viviendo, la actividad jurisdiccional no fue la excepción a estos cambios, y aprovechó los avances tecnológicos y las nuevas herramientas, en aras de que la justicia no se vea interrumpida, así como su acceso e impartición.
Tomó más celeridad la reforma de 2009, dando pie a que el Tribunal Federal de Justicia Administrativa (TFJA), innovara en la tramitación de los juicios contenciosos, vía medios electrónicos, es importante puntualizar que el TFJA ya venía llevando a cabo la mayor parte del proceso utilizando las tecnologías en medio electrónicos, pero fue precisamente lo que esta nueva realidad revolucionó importantemente.
Iniciaremos explicando que es el SISTEMA DE JUSTICIA EN LÍNEA, mismo que se trata del sistema de informática que administra y controla el proceso de los juicios dentro del tribunal, y por otro lado los JUICIOS EN LÍNEA, este se refiere a lo previsto por el artículo 58 de la Ley Federal del Procedimiento Contencioso Administrativo, el cual regula todos los juicios que se promuevan llámese en sistema tradicional o en línea, esto significa que el particular que acuda a presentar una demanda ante la oficialía de partes común del TFJA, será por vía tradicional y si se ingresa por el sistema de Justicia se opta que este sea por medios electrónicos, esto obliga a la autoridad a comparecer y someterse al medio elegido por el promovente.
Uno de los beneficios más palpables de los juicios en línea son las notificaciones de los acuerdos dentro del juicio contencioso, ya que todas son personales y el actuario las manda al correo electrónico autorizado para dichos efectos, lo cual registra la fecha y hora en que se efectúa el envió, y al momento de ingresar a dicho acuerdo vía electrónica, se considera notificadas las partes legalmente, no obstante lo anterior también se publica por el boletín electrónico, iniciando así el plazo mencionado en el acuerdo notificado.
Según lo informado por el Consejo de la Judicatura Federal, entre marzo de 2019 y febrero de 2020, es decir, antes de que la pandemia afectara a nuestro país, únicamente el 1.52% de las demandas fueron presentadas a través del Portal de Servicios en Línea.
En contraste a lo anterior, de marzo 2020 fecha que inició la pandemia y hasta febrero de 2021, mediante el portal de servicios en línea, el registro de demandas que se tiene a través de estos medios fue del 10.3%, es evidente el incremento, sin embargo sigue siendo muy bajo en relación con el total de las demandas, y los factores pueden ser muchos, entre ellos la desconfianza, desconocimiento y entendimiento, por lo que es importante que esta situación se corrija y este sistema sea más accesible, asequible y confiable, y claro, sin prescindir de la vía tradicional o presencial, pero definitivamente en una franca migración a la modernidad.
En conclusión, la modernidad ya nos alcanzó y los juicios en línea son una realidad que llegó para quedarse, ya que además de abreviar y facilitar su proceso y notificación de los acuerdos, así como el ahorro de toneladas de papel lo que genera un beneficio para el medio ambiente. Además de que no importa en qué estado del país se encuentra el promovente y el tribunal, a distancia se podrá tener accesos a una verdadera justicia pronta y expedita.
En opinión de: Lic. Ricardo Javier Esquer Martínez
Quedamos a sus órdenes para aclarar cualquier duda relacionada con la presente opinión.